En este webinar explicamos detalladamente cómo completar la declaración jurada 1835 para corredores de propiedades.
Se abordan aspectos clave, como quiénes están obligados a declarar, incluyendo los arrendatarios cuando la propiedad es arrendada a una empresa y los corredores de propiedades cuando actúan como intermediarios, independientemente del tipo de arrendatario. Además, se mencionan los plazos, estableciendo que la fecha límite para presentar la declaración es el martes 25 de marzo.
También se advierten las consecuencias de no declarar o de rectificar la declaración, ya que esto puede acarrear multas. Se detalla la información necesaria para completar el formulario, como el rol de la propiedad, los datos del propietario y arrendatario, el monto del arriendo actualizado por el IPC y el período del arriendo. Asimismo, se explica el procedimiento para actualizar el monto del arriendo mediante la corrección monetaria con los factores del Servicio de Impuestos Internos.
Por último, se guía sobre el ingreso a la plataforma del SII para declarar, indicando los pasos a seguir dentro del sistema. Se destacan aclaraciones importantes, como el hecho de que la declaración corresponde a los arriendos del año 2024, que se reporta el monto del arriendo y no la comisión del corredor, y que, si el corredor solo participó en el contrato inicial, solo debe declarar ese período. Además, se especifica que la garantía no se declara.
Puedes ver el webinar completo aquí:
https://youtu.be/uuxSKDoP3II
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